La obligación de instalar alcolocks está cada vez más cerca
En Italia, tras meses de silencio, el ministro Salvini ha firmado el decreto que regula el alcolock, aunque aún faltan detalles.

Por: Massimo Grassi
Traducido por: José A. Guzmán
4 jul a las 09:00
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La instalación obligatoria de alcolocks para los conductores reincidentes por conducir bajo los efectos del alcohol está cada vez más cerca… al menos en países europeos como Italia.
Ayer, de hecho, el ministro de Infraestructuras y Transportes italiano, Matteo Salvini, firmó el decreto que contiene las directrices para su instalación y uso. En el texto del nuevo Código de Circulación se mencionaba el dispositivo, pero no las disposiciones técnicas.
Un paréntesis que llegó a su fin con la firma ayer del documento, que llegó al final de su publicación en el Tris, el sistema de información de la Comisión Europea sobre reglamentos técnicos. He aquí, pues, cómo debería ser el ‘alcolock’ italiano… lo que nos lleva a pensar si se extenderá también a otros países europeos como España.
Alcolock, qué es
Citando el documento, redactado en lenguaje burocrático, el alcolock es un “dispositivo que actúa como inmovilizador del vehículo y que, una vez instalado, sólo puede ponerse en estado de no bloqueo tras la presentación y análisis de una muestra de aliento aceptada con una concentración de alcohol no superior a 0 mg/l”. En pocas palabras, se trata de un sistema similar a un alcoholímetro conectado al coche, que inhibe su arranque si encuentra restos de alcohol en el aliento del conductor.
Quién tiene que instalar el alcolock
Según se desprende del texto aprobado, la instalación del alcolock es obligatoria para todos los conductores reincidentes por conducir bajo los efectos del alcohol. Si ya ha sido sancionado por primera vez por conducir con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,8 g/l, el nuevo Código de la Circulación estipula que debe instalarse el alcolock.
Alcolock, sus características
Los dispositivos de control de alcoholemia podrán instalarse en los vehículos de las categorías M1, M2, M3, N1, N2 y N3, es decir, tanto en el transporte de pasajeros como en el de mercancías. Por lo tanto, no será obligatorio para los cuadriciclos ligeros y pesados.
Recordamos que, en Italia, la disposición del alcolock es obligatoria desde el 6 de julio de 2022 para los vehículos de nueva homologación y desde el 7 de julio de 2024 para los vehículos de nueva matriculación. Naturalmente, la ley prevé también la instalación del alcolock en los modelos más antiguos, especificando que el instalador deberá consultar al fabricante para obtener indicaciones precisas sobre cómo integrarlo.
El alcolock deberá cumplir la norma europea EN 50436 y podrá instalarse en talleres autorizados, que deberán colocar un precinto inamovible y proceder al calibrado, para el que no será necesaria la aprobación de la Autoridad Civil de Vehículos a Motor.
El nuevo Código de la Circulación establece que, en caso de control policial, el automovilista deberá mostrar la declaración original de instalación y el certificado de calibración válido del dispositivo. Esto es lo que, de momento, está aprobado, aunque todavía quedan flecos técnicos por aprobar para la aplicación definitiva de esta norma en el país transalpino.
La duda que nos queda es saber si, una vez comprobada la efectividad de esta norma en Italia, el resto de países miembros de la Unión Europea seguirán el mismo recorrido, modificando sus Códigos de Circulación para adaptar esta norma enfocada a reducir los accidentes en el caso de los conductores reincidentes por sanciones de alcoholemia. ¿Sucederá? ¿No lo veremos en España? De momento, toca esperar.